Claves pragmáticas para una política de precios desde el chavismo / Víctor Hugo Majano

La determinación de los precios de ocho artículos de higiene personal y del hogar y la modificación de otros tantos de los 25 artículos inicialmente acordados ha provocado un cierto desconcierto y mucho descontento entre los activistas del chavismo.
La reacción adversa es comprensible y absolutamente razonable toda vez que la mayoría de los productos de aseo tuvieron incrementos de más del 100 por ciento y lo mismo ocurrió con los ajustados a sólo una semana de primera fijación.
Al respecto estas son algunas claves para entender y actuar frente a la nueva política de precios en el marco del Plan de Recuperación Económica.

1) Recuerde (si usted realmente es chavista y de izquierda) que el principal campo de batalla de la "guerra económica" es el propio Estado.  Por lo tanto es inevitable que los operadores de los empresarios dentro del gobierno favorezcan a sus representados o patrocinantes. No se amargue ni se arreche por eso ni crea que "a Nicolás lo están engañando". A estas alturas del juego nadie engaña al otro y si algo ha demostrado el Presidente es que no es pendejo.

2) La Ley de Precios Acordados aprobada por la ANC fue un punto a favor de ellos  (o sea, los empresarios o la burguesía) ya que lograron derogar la parte esencial de la Ley de Precios Justos creada por el Comandante Chávez en 2011. Esa parte esencial es la definición de un techo a la tasa de ganancia.

3) La Ley de Precios Acordados flexibiliza y deja a criterio de la "negociación" ese margen de ganancia según se precisa en el numeral 8 del artículo 9.

4) En términos prácticos se trata de descubrirle las trampas a la ley y exigir ver los números usados en el cálculo.

5) La Ley de Precios Acordados establece que el mecanismo requiere la presentación de las estructuras de costos para ser analizadas a través del Sistema Informático de Administración de Precios Acordados.  Esa información debe ser divulgada públicamente para verificar las bases de costos usadas para "acordar" los precios.

6) Lo mismo se debe hacer con respecto al análisis de inventario ya que la Ley reconoce su valorización a precios promedios ponderados. Es decir,  una parte de la reposición de mercancías se hace a expensas del consumidor.

7) Para actualizar los precios se debe utilizar la información del Sistema Informático de Administración de Precios que aportará los datos de las variaciones de precios de cada rubro de insumos para la producción,  importación y comercialización.  Esto significa que cada modificación debe ser perfectamente auditable.

8) La Ley regula los precios acordados solamente, por lo que debe entenderse que el resto de los artículos tendrían precios determinados conforme a la Ley de Precios Justos con un tope de ganancia del 30 por ciento.

9) Otro criterio práctico a emplear es el de los precios regionales en divisas que permite identificar la comisión del delito de adulteración fraudulenta de precios. La nueva política cambiaria y la regularización de las subastas Dicom hacen perfectamente viable este criterio.

10) Finalmente, si se asume que la guerra económica es la lucha de clases sería pertinente consolidar en lo político y legal el anclaje de salarios y precios. Si suben los precios, en consecuencia, lo hacen los salarios.

@vhmajano
@latablablog

02/09/2018
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