Maduro llama a dar la batalla por los precios justos y dice que la ley fue burlada e infiltrada


*El mandatario, con espiritu autocritico, advirtio que la ley fue "penetrada, burlada, infiltrada" y que ha llegado la hora de que reaccionemos.



VICTOR HUGO MAJANO
CUATRO F

Con un llamado a todo el pueblo a dar "la batalla por los precios justos, contra la especulación y el bachaqueo” el presidente Nicolas Maduro anuncio la decision de volver al espiritu original de la ley que entro en vigencia en noviembre de 2011.

Maduro advirtio que la legislacion, establecida con el fin de contener la constante alza de precios sin ninguna razon, 'comenzo a ser desde hace un tiempo, penetrada, burlada, infiltrada" por lo que habria "llegado la hora de que reaccionemos."

El jefe de Estado destacó que el capitalismo salvaje va mutando, por lo cuál, habían abusado del máximo de ganancia establecido en el artículo 37 de la Ley Orgánica de Precios Justos (LOPJ) reformada el pasado año, y en tal sentido informó que “Serán cambiados todos los mecanismos de cálculo del precio justo."

En su programa semanal En Contacto con Maduro del pasado martes preciso que se fijará el precio máximo de venta al público en todos los rubros y servicios, como parte de la politica de proteccion del salario.

La decision es parte del ajuste a la Ley de Precios Justos, que incluirá también una categoría especial para la protección de alimentos, productos de la cesta basica y servicios de salud, por la que los precios de estos renglones serán establecidos únicamente por la Superintendencia de Precios Justos (Sundde).

Explicó que la fijación del precio máximo de venta al público de los productos se debe realizar “en base del sistema de cálculo estricto, con 30% máximo de ganancias en los eslabones establecidos por la ley”.

Este nuevo precio “debe ser fijado de acuerdo a la metodología nueva, de manera estricta, estableciendo los costos reales de producción, los costos reales de importación y las ganancias básicas mínimas en todos los procesos de distribución y comercialización”, agregó.

Una de las normas que fundamentan los mecanismos que deben cambiarse, es la Providencia Administrativa Número 057/2014 de la Sundde, destinada a regular el marcaje o rotulación de la información del precio, y que se convirtió en el soporte legal para que las empresas de bienes de consumo masivo ajustaran el valor de venta de sus productos sin requerir la autorización o conformación gubernamental.

Una revisión rigurosa de la normativa contenida en la providencia evidencia que la misma intenta regular dos procesos diferenciados como lo es el establecimiento del precio de venta justo, por una parte, y el marcaje o rotulación de ese dato sobre los productos o servicios que se expenden.

El artículo 3 de la normativa administrativa establece que "el Precio de Venta Justo deberá ser establecido y marcado a todos los productos, bienes y mercancías", dando a entender que es una sola entidad cuando en realidad es evidente que son actos y situaciones diferenciadas.

La determinación o fijación del precio es una facultad del la SUNDDE según el artículo 11, numeral 3 de la Ley que dice  "Fijar los precios máximos de la cadena de producción o importación, distribución y consumo, de acuerdo a su importancia económica y su carácter estratégico, en beneficio de la población, así como los criterios técnicos para la valoración de los niveles de intercambio equitativo y justo de bienes y servicios.".

Por su parte el articulo 24 establece que "La determinación, modificación y control de precios es competencia de la SUNDDE, en los términos establecidos en la presente Ley."

Sin embargo la providencia le otorga atribuciones para fijar precios al productor e importador, pues en su artículo 2 dice que el Precio de Venta Justo es el fijado por la SUNDDE o por el productor/importador en condiciones de igualdad.

Registros y analisis de precios
La ley promulgada en 2011establecio las herramientas esenciales para que el Estado pudiera tener control sobre la información operativa, financiera, contable y legal de los importadores, productores y comercializadores. 

Eso incluía un Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios, y un Sistema Automatizado de Análisis de Precios.

Una rapida revision de las normas vigentes indica que desde 2013 ninguna de estos sistemas de recopilacion de informacion estaban disponibles a traves de aplicaciones de uso y consulta publica en la web. 

Y en las mas recientes providencias administrativas tampoco se hace alusion a las mismas ni a su actualizacion, por parte de importadores, productores y comerciantes, como parte de obligaciones formales.
 

Incluso cabe destacar que la providencia 003/2014, que fija los criterios contables para el calculo de los costos, no establece ninguna obligacion para que esos analisis sean consignados rutinariamente ante la Sundde.

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